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Legislación › Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia.

Disposición adicional tercera. Núcleos rurales preexistentes de carácter tradicional afectados por la legislación de costas.

Disposición adicional tercera. Núcleos rurales preexistentes de carácter tradicional afectados por la legislación de costas.

(Anulada)

Se declara inconstitucional y nula, en la redacción dada por la disposición adicional 2 de la Ley autonómica 18/2008, de 29 de diciembre. BOE-A-2009-4448., por Sentencia del TC 137/2012, de 19 de junio. BOE-A-2012-9213.

Se modifica por la disposición adicional 2 de la Ley autonómica 18/2008, de 29 de diciembre. BOE-A-2009-4448.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9213 Leer Qué cambió
20 de abril de 2009 BOE-A-2009-4448 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 Texto original Leer

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