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Legislación › Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 43. Coordinación y cooperación.

Artículo 43. Coordinación y cooperación.

Las competencias que se atribuyen en los artículos siguientes a la Administración autonómica y a la de Entidades locales se ejercerán bajo los principios generales de coordinación y cooperación que han de informar la actuación administrativa, sin perjuicio de la autonomía que corresponde a cada una de ellas.

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