Legislación › Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género.
Artículo 47. De la coordinación general.
Artículo 47. De la coordinación general.
1. Corresponde a la dirección del Instituto Canario de Igualdad la dirección superior, coordinación y supervisión del sistema en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2. La gestión y coordinación ordinaria del sistema en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias se ejercerá por el coordinador general, con categoría de jefe de servicio.
3. Reglamentariamente se establecerá la dotación de medios personales y materiales adscritos al coordinador general para el ejercicio de sus funciones.
Se modifica por el art. 22 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. BOE-A-2014-11996.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11996 | Leer | Qué cambió |
| 27 de mayo de 2003 | Texto original | Leer |


