Legislación › Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.
Disposición adicional tercera. Régimen económico de los institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquero.
Disposición adicional tercera. Régimen económico de los institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquero.
El régimen económico de los institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquero dependientes de la consejería competente en materia de pesca se adaptará al establecido, con carácter general, para los institutos de Educación Secundaria dependientes de la consejería competente en materia de educación.
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