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Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.

En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 8 de julio de 2003 · Último cambio el 1 de julio de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 17/05/2019
  4. Artículo 2. Fines. 2 redacciones · cambió el 17/05/2019
  5. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  6. TÍTULO I
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 4. Clases. 2 redacciones · cambió el 19/04/2007
  9. Artículo 5. Autorización de la actividad.
  10. Artículo 6. Ordenaciones específicas.
  11. CAPÍTULO II
  12. Artículo 7. Clases.
  13. Artículo 8. Autorización de la actividad.
  14. Artículo 9. Ordenaciones específicas.
  15. CAPÍTULO III
  16. Sección 1
  17. Artículo 10. Concepto y clases.
  18. Artículo 11. Declaración de zonas protegidas.
  19. Artículo 12. Reservas marinas de interés pesquero.
  20. Artículo 13. Zonas de acondicionamiento marino.
  21. Artículo 14. Zonas de repoblación marina.
  22. Sección 2
  23. Artículo 15. Extracción de flora.
  24. Artículo 16. Obras, instalaciones y demás actividades en la mar. 2 redacciones · cambió el 19/04/2007
  25. Artículo 17. Vertidos. 2 redacciones · cambió el 19/04/2007
  26. Artículo 18. Prohibiciones.
  27. TÍTULO II
  28. CAPÍTULO I
  29. Artículo 19. Definición.
  30. Artículo 20. Distribución de competencias.
  31. Artículo 21. Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura.
  32. Artículo 22. Establecimientos acuícolas.
  33. Artículo 23. Especies.
  34. Artículo 24. Del ejercicio de la actividad.
  35. Artículo 25. Registro de Explotaciones Acuícolas.
  36. CAPÍTULO II
  37. Artículo 26. Procedimiento de otorgamiento.
  38. Artículo 27. Vigencia.
  39. Artículo 28. Modificación.
  40. Artículo 29. Extinción.
  41. CAPÍTULO III
  42. Artículo 30. Naturaleza.
  43. Artículo 31. Principios.
  44. Artículo 32. Condiciones esenciales.
  45. Artículo 33. Procedimiento.
  46. Artículo 34. Modificación.
  47. Artículo 35. Revisión.
  48. Artículo 36. Extinción.
  49. TÍTULO III
  50. CAPÍTULO I
  51. Sección 1
  52. Artículo 37. Concepto y régimen jurídico.
  53. Artículo 38. Funciones.
  54. Artículo 39. Estatutos.
  55. Artículo 40. Miembros de las cofradías.
  56. Artículo 41. Creación, fusión y disolución de cofradías.
  57. Artículo 42. Órganos rectores.
  58. Artículo 43. Comisiones gestoras.
  59. Sección 2
  60. Artículo 44. Naturaleza jurídica.
  61. Artículo 45. Funciones.
  62. Artículo 46. Creación y disolución.
  63. Artículo 47. Estatutos.
  64. Artículo 48. Órganos rectores.
  65. Sección 3
  66. Artículo 49. Presupuesto.
  67. Artículo 50. Patrimonio y recursos.
  68. Artículo 51. Régimen contable.
  69. Artículo 52. Registro de cofradías y de federaciones.
  70. Sección 4
  71. Artículo 53. Concepto.
  72. Artículo 54. Competencia.
  73. Artículo 55. Otorgamiento y retirada del reconocimiento.
  74. Sección 5
  75. Artículo 56. Entidades asociativas y organizaciones sindicales.
  76. CAPÍTULO II
  77. Artículo 57. Ámbito y objetivos.
  78. Artículo 58. Titulaciones.
  79. CAPÍTULO III
  80. Artículo 58 bis. Personas que pueden desarrollar las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
  81. Artículo 58 ter. Lugares de realización de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
  82. Artículo 58 quater. Requisitos para el desarrollo de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
  83. Artículo 58 quinquies. Procedimiento de comunicación previa de inicio de las actividades de pesca-turismo y turismo marinero.
  84. Artículo 58 sexies. Procedimiento de autorización de actividades de turismo acuícola.
  85. Artículo 58 septies. Condicionantes del ejercicio de las actividades de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
  86. Artículo 58 octies. Reconocimiento de embarcaciones e instalaciones.
  87. Artículo 58 novies. Seguimiento y control de la actividad.
  88. TÍTULO IV
  89. Artículo 59. Ámbito.
  90. Artículo 60. Fines.
  91. Artículo 61. Organización.
  92. TÍTULO V
  93. Artículo 62. Disposiciones generales.
  94. Artículo 63. Cuerpo de Agentes de Inspección Pesquera. 3 redacciones · cambió el 01/07/2025
  95. Artículo 64. Funciones.
  96. Artículo 65. Control e inspección. 2 redacciones · cambió el 17/05/2019
  97. TÍTULO VI
  98. CAPÍTULO I
  99. Artículo 66. Objeto y régimen jurídico.
  100. Artículo 67. Medidas provisionales.
  101. Artículo 68. De los bienes aprehendidos, incautados y de comisados.
  102. CAPÍTULO II
  103. Artículo 69. Infracciones leves.
  104. Artículo 70. Infracciones graves.
  105. Artículo 71. Infracciones muy graves.
  106. CAPÍTULO III
  107. Artículo 72. Infracciones leves.
  108. Artículo 73. Infracciones graves.
  109. Artículo 74. Infracciones muy graves.
  110. CAPÍTULO III BIS
  111. Artículo 74 bis. Infracciones leves.
  112. Artículo 74 ter. Infracciones graves.
  113. Artículo 74 quater. Infracciones muy graves.
  114. CAPÍTULO IV
  115. Artículo 75. Clases de sanciones en materia de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura. 2 redacciones · cambió el 17/05/2019
  116. Artículo 76. Graduación de las sanciones en materia de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, y en materia de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero. 2 redacciones · cambió el 17/05/2019
  117. Artículo 77. Sanciones accesorias en materia de pesca marítima en aguas interiores y marisqueo.
  118. Artículo 78. Sanciones accesorias en materia de acuicultura.
  119. Artículo 78 bis. Sanciones accesorias en materia de pesca-turismo, turismo acuícola y turismo marinero.
  120. Artículo 79. Competencia sancionadora. 2 redacciones · cambió el 17/05/2019
  121. Artículo 80. Plazo de tramitación del procedimiento sancionador.
  122. Disposición adicional primera. Ordenación del sector pesquero y comercialización de los productos pesqueros.
  123. Disposición adicional segunda. Pruebas específicas de acceso al Cuerpo de Agentes de Inspección Pesquera.
  124. Disposición adicional tercera. Régimen económico de los institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquero.
  125. Disposición adicional cuarta. Colaboración en las funciones de inspección y vigilancia.
  126. Disposición transitoria primera. Adaptación de las zonas protegidas de interés pesquero establecidas.
  127. Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación.
  128. Disposición transitoria tercera. Funciones de los auxiliares de Inspección Pesquera.
  129. Disposición derogatoria única.
  130. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  131. Disposición final segunda. Actualización de las sanciones.
  132. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  133. [firma]
  134. ANEXO