Legislación › Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.
Artículo 1. Objetivos de la cooperación económica local.
Artículo 1. Objetivos de la cooperación económica local.
El Programa de cooperación económica local del Estado tiene como objetivos:
a) Contribuir a la realización de las inversiones locales incluidas en los Planes provinciales e insulares de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.
b) Contribuir en las Intervenciones comunitarias cofinanciadas por el Programa de cooperación económica local.
c) Contribuir a la modernización de la Administración local a través de la utilización de tecnologías de la información.
d) Contribuir a impulsar la participación de la sociedad civil en la mejora de los servicios locales.
Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre. BOE-A-2005-18266.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2006 En vigor | BOE-A-2005-18266 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | Texto original | Leer |


