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Legislación › Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.

Artículo 20. Objetivos.

Artículo 20. Objetivos.

El objetivo de esta línea de ayuda es cofinanciar la ejecución de proyectos que tengan por objeto la modernización de la Administración local a través de la utilización de tecnologías de la información con las finalidades siguientes:

a) La mejora de los servicios de gestión y atención dirigidos al ciudadano.

b) La simplificación de los procedimientos y su integración con los de respon-sabilidad estatal y autonómica.

c) Instrumentalmente, la mejora de las infraestructuras tecnológicas y de comunicaciones precisas para el cumplimiento de las finalidades señaladas en los párrafos anteriores.

Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre. BOE-A-2005-18266.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2006 En vigor BOE-A-2005-18266 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 Texto original Leer

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