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Legislación › Ley 9/2002, de 14 de noviembre, de Impulso a la Localización Industrial de Extremadura.

Artículo 3. Calificación de «Industria o Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura».

Artículo 3. Calificación de «Industria o Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura».

La Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ejercicio de su competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico de la comunidad autónoma, y con el fin de promover el desarrollo y la expansión del sector industrial, podrá otorgar la calificación de “Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura” a los proyectos de creación de polígonos industriales o parques empresariales, conforme al procedimiento establecido en la presente ley y en las normas de desarrollo de esta.

Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 8/2019, de 5 de abril. BOE-A-2019-7221

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9 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-7221 Leer Qué cambió
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