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Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, por la que se determinan los requisitos y el procedimiento para la designación y autorización de los centros médico-aeronáuticos y de los médicos examinadores.
En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 30 de julio de 2003 · Último cambio el 20 de septiembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Atribuciones.
- Artículo 4. Requisitos. 3 redacciones · cambió el 06/05/2008
- Artículo 5. Designación y autorización. 2 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Artículo 6. Renovación de la designación y de la autorización.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Atribuciones.
- Artículo 8. Requisitos. 3 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Artículo 9. Designación y autorización. 2 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Artículo 10. Renovación de la designación y de la autorización.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 11. Inspección.
- Artículo 12. Régimen de la limitación o de la revocación y suspensión cautelar de las autorizaciones.
- Disposición adicional primera. Aplicación de lo dispuesto en la Orden de 21 de marzo de 2000 a las evaluaciones médicas de otro personal de vuelo. 2 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Disposición adicional segunda. Formación en Medicina Aeronáutica. 2 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Disposición transitoria. Continuidad del ejercicio de las funciones.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aplicación y ejecución. 2 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


