Legislación › Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.
Artículo 16. Acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala.
Artículo 16. Acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala.
El acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala se hace por promoción interna, mediante el sistema de concurso oposición entre los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales que tengan una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría inmediatamente inferior y que superen el correspondiente curso selectivo de formación, organizado por la Escuela de Administración Pública de Cataluña.
Se modifica por el art. 54.3 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953
Se modifica por el art. 165.8 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. BOE-A-2017-7353
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-953 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2017 | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 16 de octubre de 2003 | Texto original | Leer |


