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Legislación › Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.

Artículo 16. Acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala.

Artículo 16. Acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala.

El acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala se hace por promoción interna, mediante el sistema de concurso oposición entre los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales que tengan una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría inmediatamente inferior y que superen el correspondiente curso selectivo de formación, organizado por la Escuela de Administración Pública de Cataluña.

Se modifica por el art. 54.3 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953

Se modifica por el art. 165.8 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. BOE-A-2017-7353

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-953 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
16 de octubre de 2003 Texto original Leer

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