Legislación › Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.
Artículo 22. Seguridad Social.
Artículo 22. Seguridad Social.
Los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales están inscritos en el régimen general de la Seguridad Social, sin perjuicio de los que están incluidos en el régimen de clases pasivas del Estado.


