Legislación › Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.
Artículo 23. Seguros.
Artículo 23. Seguros.
Los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales tienen derecho a un seguro para cubrir el riesgo de muerte o de invalidez total o parcial por causa de accidente en el ejercicio de su profesión.


