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Legislación › Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.

Artículo 23. Seguros.

Artículo 23. Seguros.

Los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales tienen derecho a un seguro para cubrir el riesgo de muerte o de invalidez total o parcial por causa de accidente en el ejercicio de su profesión.

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