LexTotal

Legislación › Ley 19/2003, de 4 de julio, del Taxi.

Artículo 34. Composición.

Artículo 34. Composición.

El Consejo Catalán del Taxi está integrado por representantes de las administraciones competentes en la materia, de las asociaciones sindicales y empresariales representativas del sector y de las asociaciones representativas de los consumidores y usuarios, en los términos que se determinen por reglamento.

← Artículo 33 Índice Artículo 35 →