Legislación › Real Decreto 1001/2003, de 25 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos de Minas y de Facultativos y Peritos de Minas, y de su Consejo General.
Artículo 22. Del Vicepresidente.
Artículo 22. Del Vicepresidente.
El Vicepresidente sustituye en todas sus funciones al Presidente en los casos de renuncia, ausencia, enfermedad o fallecimiento de éste.


