Legislación › Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica.
Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica.
1. Se crea el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha como Organismo Autónomo adscrito a la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha estará dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
3. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha prestará apoyo técnico en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a todos los departamentos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
4. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha se regirá por la presente Ley, las normas que la desarrollen y la legislación general sobre entidades autónomas que sea de aplicación.
Se modifica el apartado 1 por el art. 1.1 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre. BOE-A-2020-1997
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de diciembre de 2019 En vigor | BOE-A-2020-1997 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2002 | Texto original | Leer |


