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Legislación › Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2002 y la del 28 de diciembre de 2019. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica.
1. Se crea el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha como Organismo Autónomo adscrito a la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha estará dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
3. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha prestará apoyo técnico en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a todos los departamentos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
4. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha se regirá por la presente Ley, las normas que la desarrollen y la legislación general sobre entidades autónomas que sea de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de diciembre de 2019 En vigor BOE-A-2020-1997 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2002 Texto original Leer

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