LexTotal

Legislación › Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares.

Artículo 60. Naturaleza y objeto de la recompensa.

Artículo 60. Naturaleza y objeto de la recompensa.

La Mención honorífica es la recompensa militar que sirve para premiar la realización de servicios, trabajos y estudios de diversa índole y que se consideren destacados por contribuir al progreso militar, naval o aeronáutico de la Nación, cuando no corresponda otra recompensa.

← Artículo 59 Índice Artículo 61 →