Legislación › Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León.
Artículo 36. Ventas en oferta.
Artículo 36. Ventas en oferta.
1. Se entiende por venta en oferta aquella que tiene por finalidad dar a conocer un nuevo producto o servicio, o conseguir el aumento de la venta de los existentes, que podrán haber sido adquiridos exclusivamente con este fin, o el desarrollo de uno o varios establecimientos mediante la oferta de un artículo o grupo de artículos en los que concurra alguna ventaja o incentivo.
2. Reglamentariamente se determinarán las condiciones en que ha de realizarse la venta en oferta, y en particular los tipos de ventajas e incentivos que las caracterizan.
Se modifica por el art. 8.8 del Decreto-ley 1/2012, de 16 de agosto. BOCL-h-2012-90251.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de agosto de 2012 En vigor | BOE-A-2012-90251 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2003 | Texto original | Leer |


