Legislación › Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Artículo 181. Presidente y Consejero Delegado.
Artículo 181. Presidente y Consejero Delegado.
1. Los nombramientos del presidente del consejo de administración y del consejero delegado o puesto equivalente que ejerza el máximo nivel ejecutivo de la sociedad se efectuarán por el consejo de administración, a propuesta del ministro de tutela.
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única de la Ley 5/2006, de 10 de abril. BOE-A-2006-6473
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2006 En vigor | BOE-A-2006-6473 | Leer | Qué cambió |
| 4 de febrero de 2004 | Texto original | Leer |


