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Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 4 de noviembre de 2003 · Último cambio el 7 de octubre de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Concepto.
- Artículo 4. Clasificación.
- Artículo 5. Bienes y derechos de dominio público o demaniales.
- Artículo 6. Principios relativos a los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 7. Bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales.
- Artículo 8. Principios relativos a los bienes y derechos patrimoniales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Concepto.
- Artículo 10. Competencias. 3 redacciones · cambió el 04/07/2018
- Artículo 11. Desconcentración y avocación de competencias.
- Artículo 12. Actuación frente a terceros.
- Artículo 13. Coordinación.
- Artículo 14. Colaboración. 2 redacciones · cambió el 31/03/2012
- TÍTULO I
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 15. Modos de adquirir.
- Artículo 16. Carácter patrimonial de los bienes adquiridos.
- Artículo 17. Inmuebles vacantes.
- Artículo 18. Saldos y depósitos abandonados. 4 redacciones · cambió el 09/05/2023
- Artículo 19. Adquisiciones a título oneroso.
- Artículo 20. Normas especiales para las adquisiciones hereditarias. 2 redacciones · cambió el 03/07/2015
- Artículo 20 bis. Procedimiento para la declaración de la Administración del Estado como heredera abintestato.
- Artículo 20 ter. Efectos de la declaración de heredero abintestato. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 20 quáter. Liquidación del caudal hereditario. 2 redacciones · cambió el 24/12/2022
- Artículo 21. Adquisiciones a título gratuito.
- Artículo 22. Prescripción adquisitiva.
- Artículo 23. Ocupación.
- Artículo 24. Adquisiciones derivadas del ejercicio de la potestad expropiatoria.
- Artículo 25. Adjudicación de bienes y derechos en procedimientos de ejecución.
- Artículo 26. Adjudicaciones de bienes y derechos en otros procedimientos judiciales o administrativos.
- Artículo 27. Toma de posesión de los bienes adjudicados.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 28. Extensión.
- Artículo 29. Deber de custodia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 30. Régimen de disponibilidad de los bienes y derechos. 2 redacciones · cambió el 04/07/2018
- Artículo 31. Transacción y sometimiento a arbitraje.
- CAPÍTULO III
- Artículo 32. Obligación de formar inventario.
- Artículo 33. Estructura y organización del Inventario General de Bienes y Derechos del Estado.
- Artículo 34. Formación y actualización del Inventario General de Bienes y Derechos del Estado.
- Artículo 35. Control de la inscripción en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 36. Obligatoriedad de la inscripción.
- Artículo 37. Título inscribible. 2 redacciones · cambió el 25/06/2015
- Artículo 38. Comunicación de ciertas inscripciones.
- Artículo 39. Promoción de la inscripción.
- Artículo 40. Aranceles aplicables por los registradores de la propiedad.
- CAPÍTULO V
- SECCIÓN 1
- Artículo 41. Facultades y prerrogativas.
- Artículo 42. Adopción de medidas cautelares.
- Artículo 43. Régimen de control judicial.
- Artículo 44. Comunicación de hechos punibles.
- SECCIÓN 2
- Artículo 45. Facultad de investigación.
- Artículo 46. Órganos competentes.
- Artículo 47. Procedimiento de investigación.
- Artículo 48. Premio por denuncia. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 49. Asignación de fincas de reemplazo en procedimientos de concentración parcelaria.
- SECCIÓN 3
- Artículo 50. Potestad de deslinde.
- Artículo 51. Órganos competentes.
- Artículo 52. Procedimiento de deslinde.
- Artículo 53. Inscripción.
- Artículo 54. Sobrantes de deslindes de dominio público.
- SECCIÓN 4
- Artículo 55. Potestad de recuperación posesoria.
- Artículo 56. Ejercicio de la potestad de recuperación.
- Artículo 57. Órganos competentes.
- SECCIÓN 5
- Artículo 58. Potestad de desahucio.
- Artículo 59. Ejercicio de la potestad de desahucio.
- Artículo 60. Órganos competentes.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 61. Colaboración del personal al servicio de la Administración.
- Artículo 62. Colaboración ciudadana.
- Artículo 63. Notificación de determinados actos y contratos.
- Artículo 64. Facilitación de información.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 65. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público.
- Artículo 66. Forma de la afectación.
- Artículo 67. Afectaciones concurrentes.
- Artículo 68. Procedimiento para la afectación de bienes y derechos.
- Artículo 69. Desafectación de los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 70. Procedimiento para la desafectación de los bienes y derechos demaniales.
- Artículo 71. Mutaciones demaniales.
- Artículo 72. Procedimiento para la mutación demanial.
- CAPÍTULO II
- Artículo 73. Adscripción.
- Artículo 74. Procedimiento para la adscripción.
- Artículo 75. Carácter finalista de la adscripción.
- Artículo 76. Competencias de los organismos públicos en relación con los bienes adscritos.
- Artículo 77. Desadscripción por incumplimiento del fin.
- Artículo 78. Desadscripción por innecesariedad de los bienes.
- Artículo 79. Recepción de los bienes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 80. Supuestos de incorporación.
- Artículo 81. Procedimiento para la incorporación de bienes.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 82. Constancia en el inventario.
- Artículo 83. Régimen de publicidad registral.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- SECCIÓN 1
- Artículo 84. Necesidad de título habilitante.
- SECCIÓN 2
- Artículo 85. Tipos de uso de los bienes de dominio público.
- Artículo 86. Títulos habilitantes.
- SECCIÓN 3
- Artículo 87. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos reglados.
- Artículo 88. Bienes destinados a otros servicios públicos.
- Artículo 89. Ocupación de espacios en edificios administrativos.
- Artículo 90. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados o adscritos.
- SECCIÓN 4
- Artículo 91. Condiciones de las autorizaciones y concesiones.
- Artículo 92. Autorizaciones.
- Artículo 93. Concesiones demaniales.
- Artículo 94. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales.
- Artículo 95. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones.
- Artículo 96. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones en régimen de concurrencia.
- Artículo 97. Derechos reales sobre obras en dominio público.
- Artículo 98. Transmisión de derechos reales.
- Artículo 99. Titulización de derechos de cobro.
- Artículo 100. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
- Artículo 101. Destino de las obras a la extinción del título.
- Artículo 102. Liquidación de concesiones y autorizaciones sobre bienes desafectados.
- Artículo 103. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 104. Reservas demaniales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 105. Órganos competentes.
- Artículo 106. Contratos para la explotación de bienes patrimoniales.
- Artículo 107. Procedimiento de adjudicación.
- Artículo 108. Frutos y rentas patrimoniales.
- Artículo 109. Administración y explotación de propiedades incorporales.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 110. Régimen jurídico de los negocios patrimoniales.
- Artículo 111. Libertad de pactos.
- Artículo 112. Expediente patrimonial. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 113. Formalización. 2 redacciones · cambió el 28/12/2012
- Artículo 114. Tasaciones periciales e informes técnicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 115. Negocios jurídicos de adquisición.
- Artículo 116. Procedimiento de adquisición de inmuebles o derechos sobre los mismos. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 117. Adquisición de edificios en construcción.
- Artículo 118. Adquisición de bienes inmuebles en el extranjero.
- Artículo 119. Adquisición de bienes por reducción de capital o fondos propios.
- Artículo 120. Adquisición de bienes muebles.
- Artículo 121. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
- CAPÍTULO III
- Artículo 122. Arrendamiento de inmuebles por la Administración General del Estado.
- Artículo 123. Arrendamiento de inmuebles por organismos públicos.
- Artículo 124. Procedimiento para el arrendamiento de inmuebles. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 125. Arrendamiento de parte del derecho de uso o utilización compartida de inmuebles.
- Artículo 126. Utilización del bien arrendado.
- Artículo 127. Resolución anticipada del contrato.
- Artículo 128. Contratos mixtos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 129. Conservación de los bienes y derechos demaniales.
- Artículo 130. Conservación de los bienes y derechos patrimoniales.
- CAPÍTULO V
- SECCIÓN 1
- Artículo 131. Bienes y derechos enajenables.
- Artículo 132. Negocios jurídicos de enajenación.
- Artículo 133. Ingresos por enajenaciones.
- Artículo 134. Aplazamiento de pago.
- SECCIÓN 2
- Artículo 135. Competencia.
- Artículo 136. Trámites previos a la enajenación.
- Artículo 137. Formas de enajenación. 4 redacciones · cambió el 24/12/2022
- Artículo 138. Procedimiento de enajenación.
- Artículo 139. Aportación a juntas de compensación.
- Artículo 140. Enajenación de inmuebles litigiosos.
- Artículo 141. Enajenación de bienes inmuebles en el extranjero.
- SECCIÓN 3
- Artículo 142. Competencia.
- Artículo 143. Procedimiento.
- SECCIÓN 4
- Artículo 144. Enajenación de derechos de propiedad incorporal.
- SECCIÓN 5
- Artículo 145. Concepto.
- Artículo 146. Competencia.
- Artículo 147. Cesión de bienes de los organismos públicos.
- Artículo 148. Vinculación al fin.
- Artículo 149. Procedimiento.
- Artículo 150. Resolución.
- Artículo 151. Publicidad de la cesión.
- SECCIÓN 6
- Artículo 152. Imposición de cargas y gravámenes.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 153. Admisibilidad.
- Artículo 154. Procedimiento para la permuta de bienes y derechos.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 155. Edificios administrativos.
- Artículo 156. Principios de la gestión de los edificios administrativos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 157. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. 2 redacciones · cambió el 31/03/2012
- Artículo 158. Comisión de Coordinación financiera de Actuaciones Inmobiliarias y Patrimoniales. 2 redacciones · cambió el 31/03/2012
- Artículo 159. Delegados del Gobierno y Subdelegados del Gobierno.
- CAPÍTULO III
- Artículo 160. Concepto de optimización.
- Artículo 161. Programas de actuación.
- Artículo 162. Planes de optimización. 2 redacciones · cambió el 31/03/2012
- Artículo 163. Potestades de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
- Artículo 164. Subordinación de la gestión inmobiliaria a la ejecución de los planes. 2 redacciones · cambió el 31/03/2012
- Artículo 165. Verificación de proyectos de obras.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 166. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
- Artículo 167. Régimen patrimonial. 2 redacciones · cambió el 02/10/2015
- Artículo 168. Reestructuración del sector público empresarial.
- Artículo 169. Competencias del Consejo de Ministros.
- Artículo 170. Competencias del Ministerio de Hacienda.
- Artículo 171. Adquisición de títulos valores.
- Artículo 172. Constitución y disolución de sociedades.
- Artículo 173. Administración de los títulos valores.
- Artículo 174. Competencia para la enajenación de títulos representativos de capital.
- Artículo 175. Procedimiento para la enajenación de títulos representativos de capital.
- CAPÍTULO II
- Artículo 176. Ministerio de tutela.
- Artículo 177. Relaciones de la Administración General del Estado con las sociedades a que se refiere el artículo 166.2 de esta ley.
- Artículo 178. Instrucciones.
- Artículo 179. Responsabilidad.
- Artículo 180. Administradores.
- Artículo 181. Presidente y Consejero Delegado. 2 redacciones · cambió el 11/04/2006
- Artículo 182. Especialidades en las aportaciones no dinerarias.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 183. Principios de las relaciones entre las Administraciones públicas.
- Artículo 184. Conferencia Sectorial de Política Patrimonial.
- Artículo 185. Iniciativa de las Administraciones para la gestión de bienes públicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 186. Convenios patrimoniales y urbanísticos.
- Artículo 187. Libertad de estipulaciones.
- Artículo 188. Competencia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 189. Comunicación de actuaciones urbanísticas.
- Artículo 190. Ejecución del planeamiento.
- Artículo 190 bis. Régimen urbanístico de los inmuebles afectados. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
- Artículo 191. Régimen urbanístico de los inmuebles desafectados.
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 192. Infracciones.
- Artículo 193. Sanciones.
- Artículo 194. Prescripción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 195. Órganos competentes.
- Artículo 196. Procedimiento sancionador.
- Artículo 197. Ejecución de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Régimen patrimonial de los órganos constitucionales del Estado.
- Disposición adicional segunda. Régimen jurídico del Patrimonio Sindical Acumulado.
- Disposición adicional tercera. Régimen jurídico del Patrimonio de la Seguridad Social.
- Disposición adicional cuarta. Régimen jurídico del Patrimonio Nacional.
- Disposición adicional quinta. Régimen patrimonial de determinados organismos públicos.
- Disposición adicional sexta. Régimen patrimonial del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
- Disposición adicional séptima. Bienes afectados al Ministerio de Defensa y Fuerzas Armadas. 2 redacciones · cambió el 28/06/2017
- Disposición adicional octava. Bienes afectados al Ministerio del Interior. 2 redacciones · cambió el 28/06/2017
- Disposición adicional novena. Ejecución del programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado. 3 redacciones · cambió el 26/12/2013
- Disposición adicional décima. Régimen jurídico de la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, M.P., S.A. 4 redacciones · cambió el 29/12/2021
- Disposición adicional undécima. Actualización de cuantías.
- Disposición adicional duodécima. Subrogación del usuario a efectos de contratos de seguro y responsabilidad civil.
- Disposición adicional decimotercera. Viviendas oficiales.
- Disposición adicional decimocuarta. Bienes del Patrimonio Histórico Español.
- Disposición adicional decimoquinta. Sistemas especiales de gestión. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Disposición adicional decimosexta. Informes de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
- Disposición adicional decimoséptima. Bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
- Disposición adicional decimoctava. Gestión de la cartera de inversiones financieras y materiales de determinados organismos públicos.
- Disposición adicional decimonovena. Gestión del Patrimonio de la Vivienda.
- Disposición adicional vigésima. Régimen patrimonial de CASA 47 Entidad Pública Empresarial. 4 redacciones · cambió el 07/10/2026
- Disposición adicional vigésima primera. Bienes de determinadas entidades públicas.
- Disposición adicional vigésima segunda. Régimen de incorporación de bienes en determinados organismos públicos.
- Disposición adicional vigésima tercera. Régimen patrimonial de los Consorcios de Zona Franca.
- Disposición adicional vigésima cuarta. Sucesión abintestato del Hospital de Nuestra Señora de Gracia de Zaragoza.
- Disposición adicional vigésima quinta. Sucesión abintestato de las Diputaciones forales de los territorios históricos del País Vasco.
- Disposición adicional vigésima sexta. Programa para la Mejora de las Condiciones Educativas de las Personas con Discapacidad y destino de los saldos y depósitos abandonados. 2 redacciones · cambió el 09/05/2023
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Aplicabilidad del artículo 21.4 de esta ley a donaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.
- Disposición transitoria quinta. Inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes demaniales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de los artículos 48 y 56 y disposición adicional duodécima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales. 5 redacciones · cambió el 31/10/2015
- Disposición final tercera. Carácter básico de las normas de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Competencias de gestión de los bienes de dominio público.
- Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma


