Legislación › Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía.
Artículo 25. Ámbito objetivo.
Artículo 25. Ámbito objetivo.
Sin perjuicio de los datos que reglamentariamente se determinen, deberán constar en las inscripciones relativas a cada Entidad Local su naturaleza, denominación, entidades que la integren, símbolos oficiales, extensión, ámbito territorial delimitado cartográficamente, entes y dependientes y población.


