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Legislación › Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones.

Artículo 3. Derecho de inscripción.

Artículo 3. Derecho de inscripción.

El derecho de asociación incluye el derecho a la inscripción en el registro de asociaciones competente, que sólo podrá denegarse cuando no se reúnan los requisitos establecidos en el artículo 30.3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (artículo 24 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo).

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