LexTotal

Legislación › Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.

Artículo 2. Principios rectores.

Artículo 2. Principios rectores.

La intervención de las administraciones públicas canarias en materia de vivienda se regirá por los siguientes principios:

a) Promover y fomentar el acceso de la ciudadanía canaria a una vivienda digna y adecuada, especialmente de aquellos que disponen de menos recursos.

b) Fomentar y velar por la dedicación efectiva de las viviendas al uso habitacional, de acuerdo con la función social del derecho de propiedad sobre las mismas.

c) Proteger los derechos de quienes acceden a una vivienda.

d) Garantizar la seguridad, habitabilidad y calidad de las viviendas en las islas.

e) Integrar la vivienda en el entorno, con especial atención a los instrumentos de ordenación de los recursos naturales y el territorio.

f) Acercar la gestión pública en materia de vivienda a la ciudadanía, con especial atención al hecho insular.

g) Simplificar y racionalizar la actuación administrativa sobre vivienda

Se modifica por el art. 1.2 de la Ley 2/2014, de 20 de junio. BOE-A-2014-7325.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de junio de 2014 En vigor BOE-A-2014-7325 Leer Qué cambió
10 de marzo de 2003 Texto original Leer

← Artículo 1 Índice Artículo 2 bis →