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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO CVII

CAPÍTULO CVII

107. Tasa por prestación de servicios administrativos complementarios de información, con ocasión de la emisión de recetas médicas y órdenes de dispensación, por los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.

Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del capítulo CVII, en la redacción dada por el art. 2.9 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, por Sentencia del TC 85/2014, de 29 de mayo. BOE-A-2014-6659.

Se declara la extinción por pérdida de su objeto del recurso de inconstitucionalidad nº 349-2013 por Auto del TC de 10 de junio de 2014. BOE-A-2014-6237.

Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación por Auto del TC de 4 de junio de 2013. BOE-A-2013-6149.

Se suspende la vigencia y aplicación del capítulo CVII, en la redacción dada por el art. 2.9 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, desde el 18 de enero de 2013 para las partes del proceso y desde el 30 de enero de 2013 para los terceros, por providencia del TC de 29 de enero de 2013, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 349-2013. BOE-A-2013-889.

Se añade por el art. 2.9 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre. BOE-A-2013-2685.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de junio de 2014 En vigor BOE-A-2014-6659 Leer Qué cambió
13 de junio de 2014 BOE-A-2014-6237 Leer Qué cambió
11 de junio de 2013 BOE-A-2013-6149 Leer Qué cambió
30 de enero de 2013 BOE-A-2013-889 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-2685 Leer

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