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Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.

Artículo 35. Infracciones administrativas en materia de promoción de la igualdad y asistencia a la mujer.

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Artículo 35. Infracciones administrativas en materia de promoción de la igualdad y asistencia a la mujer.
Constituyen infracciones administrativas en materia de promoción de la igualdad y igualdad, asistencia a la mujer, mujer y atención integral a la mujer víctima de violencia de género, las acciones y omisiones tipificadas como tales en la presente Ley, ley, calificándose como leves, graves o muy graves.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de diciembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-20072 Leer Qué cambió
27 de marzo de 2003 Texto original Leer

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