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Legislación › Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.

Artículo 6. Consejería competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.

Artículo 6. Consejería competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León.

Corresponde a la Consejería competente en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres asesorar sobre las medidas específicas destinadas a las mujeres desarrolladas por otras Consejerías, así como la realización de otras que las refuercen o complementen.

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