Legislación › Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 15. Las Secciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de abril de 2003 y la del 1 de enero de 2011.
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Artículo 15. Las Secciones.
Las Secciones son unidades administrativas dependientes de los órganos administrativos, Servicios o de las Áreas en su caso, Áreas, y les corresponden las funciones de ejecución, informe y propuesta de las cuestiones pertenecientes al ámbito que tienen atribuido, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por los Negociados o unidades asimiladas de ellas dependientes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-469 | Leer | Qué cambió |
| 4 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


