Legislación › Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 47. Impugnación y reclamación contra los actos de las entidades públicas empresariales.
Artículo 47. Impugnación y reclamación contra los actos de las entidades públicas empresariales.
1. Los actos y resoluciones de las entidades públicas empresariales que se dicten en el ejercicio de potestades administrativas serán impugnables de conformidad a lo establecido en la legislación reguladora del procedimiento administrativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones fundadas en Derecho privado o laboral serán resueltas por el máximo órgano rector de la entidad pública empresarial.
Se modifica el apartado 2 por la disposición adicional 4.2 de la Ley 4/2005, de 1 de junio. BOE-A-2005-10458
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de septiembre de 2005 En vigor | BOE-A-2005-10458 | Leer | Qué cambió |
| 4 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


