Legislación › Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 7. Unidades administrativas.
Artículo 7. Unidades administrativas.
Los órganos podrán estructurarse de forma jerárquica en servicios, áreas, secciones y negociados o unidades administrativas asimiladas.
Se modifica por el art. 39.2 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. BOE-A-2011-469
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-469 | Leer | Qué cambió |
| 4 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


