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Legislación › Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposición adicional segunda. Revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos en los organismos públicos.

Disposición adicional segunda. Revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos en los organismos públicos.

(Derogada).

Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 4/2005, de 1 de junio. BOE-A-2005-10458

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de septiembre de 2005 En vigor BOE-A-2005-10458 Leer Qué cambió
4 de abril de 2003 Texto original Leer

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