Legislación › Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears.
Artículo 19.
Artículo 19.
La Agencia de Calidad Universitaria de las Illes Balears será, en su funcionamiento, independiente del Gobierno de las Illes Balears y de los órganos de gobierno de la Universidad de las Illes Balears, y tendrá carácter académico, científico y técnico.


