Legislación › Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social.
Artículo 20. Pluralismo democrático y acceso a los servicios.
Artículo 20. Pluralismo democrático y acceso a los servicios.
La ordenación y disposición de los espacios en la radio y la televisión facilitará el acceso a los mismos de los grupos sociales y políticos más significativos, teniendo en cuenta criterios objetivos, como la representación parlamentaria, implantación sindical, ámbito territorial de actuación y otros de análogo carácter.
Asimismo se posibilitará el acceso a los grupos políticos, sociales y culturales de representación minoritaria.


