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Legislación › Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social.

Artículo 21. Derecho de rectificación.

Artículo 21. Derecho de rectificación.

El derecho de rectificación relativo a las informaciones difundidas a través de los servicios de comunicación social dependientes del Ente Público se ejercitará en los términos establecidos por la normativa estatal sobre dicha materia.

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