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Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social.

Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 30 de abril de 2003 · Último cambio el 24 de julio de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Creación del Ente Público.
  5. Artículo 2. Criterios de aplicación.
  6. Artículo 3. Principios de actuación.
  7. TÍTULO II
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 4. Órganos.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 5. Composición. 3 redacciones · cambió el 27/02/2006
  12. Artículo 6. Constitución y régimen de funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 27/02/2006
  13. Artículo 7. Competencias. 2 redacciones · cambió el 25/04/2008
  14. Artículo 8. El Secretario del Consejo de Administración.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 9. Composición y funciones.
  17. CAPÍTULO IV
  18. Artículo 10. Nombramiento. 2 redacciones · cambió el 25/04/2008
  19. Artículo 11. Atribuciones.
  20. Artículo 12. Cese. 2 redacciones · cambió el 25/04/2008
  21. TÍTULO III
  22. CAPÍTULO I
  23. Artículo 13. Gestión de los medios de comunicación de titularidad del Principado de Asturias.
  24. CAPÍTULO II
  25. Artículo 14. Gestión mercantil de los servicios públicos de radiodifusión y televisión. 2 redacciones · cambió el 27/02/2006
  26. Artículo 15. Administración de las sociedades gestoras.
  27. Artículo 16. Sociedades filiales. 2 redacciones · cambió el 27/02/2006
  28. TÍTULO IV
  29. Artículo 17. Principios de la programación.
  30. Artículo 18. Directrices de la programación.
  31. Artículo 19. Período y campañas electorales.
  32. Artículo 20. Pluralismo democrático y acceso a los servicios.
  33. Artículo 21. Derecho de rectificación.
  34. Artículo 22. Control parlamentario directo.
  35. TÍTULO V
  36. CAPÍTULO I
  37. Artículo 23. Presupuesto del Ente Público.
  38. Artículo 24. Tramitación y gestión del presupuesto.
  39. Artículo 25. Control financiero.
  40. Artículo 26. Recursos financieros del Ente Público y de sus sociedades.
  41. Artículo 27. Régimen arancelario y fiscal.
  42. Artículo 28. Patrimonio del Ente Público.
  43. CAPÍTULO II
  44. Artículo 29. Personal del Ente Público. 2 redacciones · cambió el 27/02/2006
  45. Artículo 30. Personal de las sociedades gestoras y filiales.
  46. Artículo 31. Selección del personal.
  47. Artículo 32. Jefatura del personal.
  48. Artículo 33. Legislación supletoria en materia de personal.
  49. Disposición adicional primera. Convenios de colaboración.
  50. Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo de Administración.
  51. Disposición adicional tercera. Constitución del Consejo de Comunicación.
  52. Disposición adicional cuarta. Situación del personal del Ente Público que acceda al Consejo de Administración.
  53. Disposición adicional quinta. Fusión, escisión y extinción de sociedades gestoras y filiales.
  54. Disposición adicional sexta. Productora de Programas de Televisión del Principado de Asturias.
  55. Disposición transitoria.
  56. Disposición transitoria primera. Productora de Programas del Principado de Asturias, S. A. 2 redacciones · cambió el 27/02/2006
  57. Disposición transitoria segunda. Procedimiento excepcional de elección del Consejo de Administración.
  58. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  59. Disposición final segunda. Entrada en vigor de la Ley.
  60. Firma