Legislación › Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social.
Disposición transitoria segunda. Procedimiento excepcional de elección del Consejo de Administración.
Disposición transitoria segunda. Procedimiento excepcional de elección del Consejo de Administración.
Si al comienzo del período de sesiones que se inicie en febrero de 2004 no se hubiera elegido el Consejo de Administración del Ente Público por la mayoría requerida en el apartado 1 del artículo 5 de esta Ley, ya antes de su modificación, ya una vez en vigor su nueva redacción, se sustanciará el procedimiento previsto en el nuevo apartado 2 bis del artículo 5.
Se añade por el art. 10.3 de la Ley autonómica 6/2003, de 30 de diciembre. BOE-A-2004-2367.
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