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Legislación › Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de Castilla y León.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La Junta de Castilla y León establecerá los mecanismos precisos, en los términos previstos por la legislación vigente, con entidades, tanto públicas como privadas, para posibilitar a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente Ley, la utilización de recursos ajenos al Sistema de Acción Social de Castilla y León.

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