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Legislación › Ley 11/2002, de 2 de diciembre, de los Consumidores y Usuarios.

Artículo 38. Otras infracciones.

Artículo 38. Otras infracciones.

Son otras infracciones en materia de defensa del consumidor:

a) La negativa, resistencia u obstrucción a suministrar datos, a facilitar la información requerida por las autoridades competentes en orden al cumplimiento de las funciones de información, vigilancia, investigación, inspección, tramitación y ejecución en las materias a que se refiere la presente Ley, así como el suministro de información inexacta o documentación falsa.

b) La dilación, negativa o resistencia a atender a los requerimientos efectuados por las autoridades competentes en materia de defensa del consumidor.

c) La resistencia, coacción, amenaza, represalia o cualquier otra forma de intimidación o presión a los funcionarios encargados de las funciones a que se refiere la presente Ley o contra las empresas, particulares u organizaciones de consumidores que hayan entablado o pretendan entablar cualquier clase de acción legal, denuncia o participación en procedimientos en materia de defensa del consumidor.

d) La manipulación, traslado o disposición en cualquier forma de mercancía cautelarmente intervenida.

e) El incumplimiento de los requisitos, obligaciones o prohibiciones expresamente establecidos en la normativa vigente en materia de defensa de los consumidores, sea ésta comunitaria, estatal o autonómica.

Se modifica el apartado e) por el art. 3.4 de la Ley autonómica 11/2006, de 27 de diciembre. BOE-A-2007-5591.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-5591 Leer Qué cambió
13 de enero de 2003 Texto original Leer

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