Legislación › Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.
Artículo 21. Designación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2003 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 21. Designación.
El Defensor de los usuarios será designado por el Consejo de Gobierno, oído el Consejo de Salud, por un período de cinco años entre juristas de reconocida competencia o profesionales con experiencia en la administración sanitaria. (Derogado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-929 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-2272 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


