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Legislación › Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.

Artículo 21. Designación.

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Artículo 21. Designación.
(Derogado). El Defensor de los usuarios será nombrado por el Consejo de Gobierno, oído el Consejo de Salud, por un período de cinco años, entre juristas de reconocida competencia o profesionales con experiencia en la administración sanitaria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-929 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
23 de abril de 2003 Texto original Leer

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