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Legislación › Ley 4/2003, de 24 de marzo, de declaración del Parque Natural de Ponga.

Artículo 14. Autorizaciones.

Artículo 14. Autorizaciones.

Las entidades, organismos o corporaciones que intervengan en el otorgamiento de licencias, concesiones administrativas o cualquier otra clase de autorizaciones para la ejecución de actuaciones dentro del área territorial del Parque estarán obligados a observar el cumplimiento de las determinaciones que se deriven de lo establecido en la presente Ley y disposiciones que la desarrollan.

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