Legislación › Ley 4/2003, de 24 de marzo, de declaración del Parque Natural de Ponga.
Artículo 14. Autorizaciones.
Artículo 14. Autorizaciones.
Las entidades, organismos o corporaciones que intervengan en el otorgamiento de licencias, concesiones administrativas o cualquier otra clase de autorizaciones para la ejecución de actuaciones dentro del área territorial del Parque estarán obligados a observar el cumplimiento de las determinaciones que se deriven de lo establecido en la presente Ley y disposiciones que la desarrollan.


