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Legislación › Ley 1/2004, de 24 de mayo, de ayuda a las víctimas del terrorismo.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Se autoriza al Consell para que pueda actualizar, mediante disposición reglamentaria, los porcentajes y las cuantías de las indemnizaciones previstas en esta ley.

Se modifica por el art. único.16 de la Ley 3/2009, de 14 de abril. BOE-A-2009-7516

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de abril de 2009 En vigor BOE-A-2009-7516 Leer Qué cambió
27 de mayo de 2004 Texto original Leer

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