Legislación › Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial.
Disposición adicional primera. Participación de los municipios en la ejecución de la presente Ley.
Disposición adicional primera. Participación de los municipios en la ejecución de la presente Ley.
Los municipios pueden ejercer las iniciativas y las funciones establecidas por la presente Ley directamente o mediante la asociación o la colaboración con otros municipios u otros entes locales.


