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Legislación › Ley 2/2004, de 4 de junio, de mejora de barrios, áreas urbanas y villas que requieren una atención especial.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

La presente Ley entra en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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