LexTotal

Legislación › Ley 3/2004, de 25 de junio, de Consejos Escolares de La Rioja.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Quedan derogados los Capítulos I, II y III y la Disposición Adicional Primera, de la Ley 3/1997, de 6 de mayo, de Consejos Escolares de La Rioja.

2. Con la publicación de lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Segunda, de esta Ley quedará sin efecto el contenido de la Ley 3/1997, de 6 de mayo, no derogado en el apartado anterior.

3. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición final primera →