Legislación › Ley 5/2004, de 8 de julio, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.
Artículo 40. Recurso cameral permanente: obligación de pago, devengo, recaudación y afectación.
Artículo 40. Recurso cameral permanente: obligación de pago, devengo, recaudación y afectación.
(Suprimido)
Se suprime por el art. 61 de la Ley 12/2014, de 22 de diciembre. BOE-A-2015-2606.
Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre. BOE-A-2011-1649.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-2606 | Leer | Qué cambió |
| 18 de enero de 2011 | BOE-A-2011-1649 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | Texto original | Leer |


