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Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Argentina, hecho en Madrid el 28 de enero de 1997 y Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio, hecho en Buenos Aires el 3 de diciembre de 1997
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 10 de diciembre de 2004 · Último cambio el 10 de diciembre de 2004 · Ver en el BOE
Índice
- Instrumento de Ratificación
- CONVENIO
- TÍTULO I
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación material.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación personal.
- Artículo 4. Principio de igualdad de trato.
- Artículo 5. Conservación de los derechos adquiridos y pago de prestaciones en el extranjero.
- TÍTULO II
- Artículo 6. Norma general.
- Artículo 7. Normas particulares y excepciones.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO 1
- Artículo 8.
- CAPÍTULO 2
- Sección 1
- Artículo 9. Determinación del derecho y liquidación de las prestaciones.
- Artículo 10. Períodos de seguro inferiores a un año.
- Artículo 11. Condiciones específicas para el reconocimiento del derecho.
- Artículo 12. Cómputo de períodos de cotización en Regímenes Especiales o Diferenciales.
- Artículo 13. Determinación de la incapacidad.
- Sección 2
- Artículo 14. Base reguladora de las prestaciones.
- Sección 3
- Artículo 15. Régimen de capitalización individual.
- CAPÍTULO 3
- Artículo 16. Determinación del derecho a prestaciones.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO 1
- Artículo 17. Normas específicas para los supuestos de totalización de períodos.
- Artículo 18. Totalización de períodos de seguro para la admisión al seguro voluntario.
- Artículo 19. Actualización o revalorización de las prestaciones.
- Artículo 20. Efectos de la presentación de documentos.
- Artículo 21. Colaboración administrativa entre Instituciones.
- Artículo 22. Beneficios de exenciones en actos y documentos administrativos.
- Artículo 23. Modalidades y garantía del pago de las prestaciones.
- Artículo 24. Atribuciones de las Autoridades Competentes.
- Artículo 25. Comisión Mixta.
- Artículo 26. Regulación de las controversias.
- CAPÍTULO 2
- Artículo 27. Cómputo de períodos anteriores a la vigencia del Convenio.
- CAPÍTULO 3
- Artículo 28. Vigencia del Convenio.
- Artículo 29. Extinción del Convenio firmado el 28 de mayo de 1966.
- Artículo 30. Firma y ratificación.
- Firma
- ACUERDO
- TÍTULO I
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Organismos de Enlace.
- Artículo 3. Instituciones Competentes.
- Artículo 4. Disposiciones comunes a los Organismos de Enlace e Instituciones Competentes.
- Artículo 5. Traslados temporarios.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO 1
- Artículo 6. Prestaciones por Maternidad.
- CAPÍTULO 2
- Artículo 7. Solicitudes.
- Artículo 8. Disposición específica para trabajadores Autónomos.
- Artículo 9. Tramitación.
- Artículo 10. Pensiones derivadas del fallecimiento de un titular de prestaciones de vejez o invalidez.
- Artículo 11. Disposiciones específicas para las prestaciones de invalidez.
- TÍTULO III
- Artículo 12. Control y cooperación administrativa.
- Artículo 13. Pago de Prestaciones.
- TÍTULO IV
- Artículo 14. Entrada en vigor.
- Firma
- [Información relacionada]


