Legislación › Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración.
Artículo 57. Resolución presunta.
Artículo 57. Resolución presunta.
Transcurridos los plazos máximos señalados en el artículo anterior sin haber recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.


