Legislación › Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario.
Artículo 110. Medidas especiales en caso de perturbaciones del tráfico ferroviario.
Artículo 110. Medidas especiales en caso de perturbaciones del tráfico ferroviario.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 810/2007, de 22 de junio. BOE-A-2007-13177
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de septiembre de 2007 En vigor | BOE-A-2007-13177 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | Texto original | Leer |


