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Legislación › Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.

Artículo 38. Relaciones con la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Artículo 38. Relaciones con la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Las relaciones de la Sindicatura de Cuentas con la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears se llevarán a cabo mediante el consejero competente en materia de Hacienda y Presupuestos.

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