Legislación › Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.
Disposición adicional tercera. Referencias normativas al Tribunal de Cuentas.
Disposición adicional tercera. Referencias normativas al Tribunal de Cuentas.
Las referencias al Tribunal de Cuentas contenidas en la normativa de la comunidad autónoma de las Illes Balears se entenderán realizadas a la Sindicatura de Cuentas, sin perjuicio de las atribuciones que, con carácter general, le corresponden.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →


